Analisis



LOS SISTEMAS COMUNITARIOS DE SERVICIOS DE AGUA EN EL ECUADOR:

 
Los sistemas comunitarios enfrentan su trabajo como organizaciones comunitarias con base en un territorio determinado. No tienen fines de lucro y se constituyen con el fin de ofrecer el servicio de agua de consumo a zonas rurales y periurbanas. El criterio fundamental de la gestión comunitaria es la prestación de un servicio público que garantice el beneficio común. La eficiencia y la administración no tienen como fin el incremento de capital, sino la mejora del bienestar de la comunidad.

Por ello, los criterios de equidad y solidaridad están siempre presentes. Los excedentes –cuando los hay se destinan a reinversiones para la ampliación del servicio, capacitación, acciones de protección de microcuencas o ecosistemas relacionados con el agua, aportes a la comunidad (vialidad, infraestructura), fondos mortuorios, solidaridad humana o a actividades sociales (CENAGRAP, PROTOS-CEDIR, Municipio de Cañar. 2011).

Un asunto de relevancia es reconocer la función trascendental de los sistemas comunitarios de provisión de agua para consumo doméstico. Según el Censo de Población y Vivienda de 2010, el total de la población ecuatoriana es de 14’483.499. De este total, el 37% habita en el sector rural, es decir, un aproximado de 5’358.000 personas.

En el Ecuador existen aproximadamente 6.832 Organizacion Comunitarias de Servicios de Agua (CENAGRAP, PROTOS-CEDIR, Municipio de Cañar. 2011).


LA NECESIDAD DE CONSTRUIR ALIANZAS PUBLICO COMUNITARIAS:

Existe ambigüedad, superposición, confusión de roles y falta de capacidad en los diversos modelos de gestión de los sistemas de agua para consumo humano, tanto comunitarios como municipales.

Por un lado, la Constitución establece como formas exclusivas la gestión pública y comunitaria. Excluye la gestión privada. Sin embargo, la normativa vigente expresa que las organizaciones comunitarias son reconocidas como organizaciones de derecho privado. ¿Habría que instaurar de manera legal el derecho comunitario, de forma que las organizaciones comunitarias adquieran este estatuto frente al Estado, para que así puedan asumir legalmente la función que la Constitución permite?

Se requiere fortalecer y generar modelos de ges-tión que puedan combinar en lo rural y periur-bano la gestión pública municipal con la gestión comunitaria , tal cual se presenta en algunas expe-riencias exitosas de concurrencia de competencias como el caso del Centro de Apoyo a la Gestión Rural del Agua Potable del Cañar (CENAGRAP).

Se necesita también una clarificación entre diversos roles: ¿quién asume la responsabilidad de la construcción del sistema, del suministro del agua, de la operación y mantenimiento, de la administración, el fortalecimiento de capacidades y del régimen tarifario, del control de la calidad del servicio y quién asume el control social del mismo? Se trata de roles diferenciados que diversos actores asumen también de manera diferenciada o que plantean para cada caso establecer un

acuerdo local para la gestión, todo esto a distintas escalas territoriales: nacional, provincial, regional, cantonal, a nivel de juntas parroquiales, recintos y comunas.

“Se requiere fortalecer y generar modelos de gestión que puedan combinar en lo rural y periurbano la gestión pública municipal con la gestión comunitaria ”.